1. CONCEDER, Retiro Total del Semestre a la estudiante ROSMERY VANESA ARÉVALO TELLO - C.U. N° 2173002 – DNI 46996379, de la Escuela de Formación Profesional de Enfermería de la UNAP, correspondiente al I Semestre Académico 2020
1. CONCEDER, Retiro Total del Semestre a la estudiante ALEXIA SHANTAL VELÁSQUEZ PÉREZ - C.U. N° 19051B0317 – DNI 60963691, de la Escuela de Formación Profesional de Enfermería de la UNAP, correspondiente al I Semestre Académico 2020
1. CONCEDER, Retiro Total del Semestre al estudiante GOLBER GABRIEL ARIRAMA RUIZ - C.U. N° 2173004 – DNI 72113679, de la Escuela de Formación Profesional de Enfermería de la UNAP, correspondiente al I Semestre Académico 2020
APROBAR el RETIRO TOTAL del Primer Semestre Académico de 2020, a los estudiantes de la Escuela de Formación Profesional de Ingeniería en Industrias Alimentarias de la Facultad de Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional de la Amazonía Peru...
APROBAR el RETIRO TOTAL, del Primer Semestre Académico de 2020, a los estudiantes de la Escuela de Formación Profesional de Bromatología y Nutrición Humana de la Facultad de Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana
DESIGNAR el Jurado Calificador y dictaminador del Plan de Tesis, para optar el Título Profesional de Licenciada en Bromatología y Nutrición Humana, titulado: “ESTADO NUTRICIONAL, COMPOSICIÓN CORPORAL, Y ALIMENTACION EN ESCOLARES DE LA I.E. Nº 60826 E...
APROBAR el Plan de Tesis titulado “IMPACTO DE LA IMPLEMENTACION DEL OCTÓGONO NUTRICIONAL EN LA DECISIÓN DE COMPRA DE ALIMENTOS EN AMAS DE CASA DE LA CIUDAD DE IQUITOS,2020"presentado por los Bachilleres DENNIS CARLOS LOZANO SALAZAR y RONALD ALEXANDER...
Que la resolución decanal N° 157-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.
Que la resolución decanal N° 158-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.
Que la resolución decanal N° 159-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.
Que la resolución decanal N° 160-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.
Que la resolución decanal N° 161-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.
Que la resolución decanal N° 162-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.
Que la resolución decanal N° 163-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.
Que la resolución decanal N° 164-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención