APROBAR el Informe de Prácticas Pre Profesionales, del estudiante Max N. Pereira R.
APROBAR la expedición del Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Química, del ex alumno Elvis C. Insapillo F.
APROBAR la expedición del Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Química, del ex alumno Mario R. del Castillo D.
APROBAR la expedición del Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Química, de la ex alumna Maria E. Rengifo D.
APROBAR la expedición del Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Química, de la ex alumna Oty Z. Ruíz L.
APROBAR la expedición del Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Química, del ex alumno Ronald E. del Águila N.
Autorizar matricularse en cursos en paralelo al estudiante que a continuación se detallan, para el Semestre Académico 2020-I
APROBAR, la expedición del Grado Académico de Bachiller en Enfermería, en mérito a lo expuesto en la presente resolución decanal, de la egresada: CANDY TALIA PANDURO REVILLA
APROBAR, la expedición del Grado Académico de Bachiller en Bromatología y Nutrición Humana, en merito a lo expuesto en el considerando de la presente Resolución Decanal
APROBAR, la expedición del Grado Académico de Bachiller en Bromatología y Nutrición Humana, en merito a lo expuesto en el considerando de la presente Resolución Decanal
APROBAR, la expedición del Título Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias, en merito a lo expuesto en el considerando de la presente Resolución Decanal
APROBAR, la expedición del Título Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias, en merito a lo expuesto en el considerando de la presente Resolución Decanal
APROBAR, la expedición del Título Profesional de Licenciada en Bromatología y Nutrición Humana, en merito a lo expuesto en el considerando de la presente Resolución Decanal
APROBAR, la expedición del Título Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias, en merito a lo expuesto en el considerando de la presente Resolución Decanal
Que la resolución decanal N° 121-FIA-UNAP-2020 no se encontró la secuencia de tal resolución por motivo involuntario administrativo, razón por la cual se justifica la no publicación del documento en mención.