Declarar improcedente la solicitud presentada por don Grimaldo Villanueva Agustín, docente cesante de la UNAP, de nivelación de pensión de cesantía según el Decreto Supremo n.° 084-91-PCM, modificado mediante Decreto Supremo n.° 027-92-PCM, por estar fuera del plazo ya que la fecha de presentación de la solicitud, la acción como el derecho ya caducaron.
2014-10-22
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