Autorizar con eficacia anticipada al 8 de enero de 2026, al jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), la contratación de manera excepcional y temporal para el I Semestre Académico 2026, de profesionales que no cumplen con los requisitos que establece el artículo 82° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (esto es el grado académico de maestría), en aquellas plazas que resultaron desiertas en el Proceso de Concurso Público de Méritos, para la admisión a la docencia universitaria en la condición de contratado en el periodo 2025, solo para las filiales de San Lorenzo, de Contamana y de Requena, respectivamente, debiendo hacer cumplir los requisitos para la sede de la ciudad de Iquitos.
2026-03-13
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