Separar definitivamente, a partir del 31 de julio de 2026, como docentes ordinarios de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), en estricta aplicación de lo dispuesto en el artículo 84°, de la Ley N° 30220, Ley Universitaria. Pedro Enrique Portocarrero Nogueira, Ricardo Navarro del Castillo.
2026-06-30
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