Otorgar al rector en su condición de presidente del Consejo Universitario, la facultad de conferir los grados académicos y los títulos profesionales aprobados por las facultades y Escuela de Postgrado, así como otorgar distinciones honoríficas y reconocer y validar los estudios grados y títulos de universidades extranjeras, cuando la universidad este autorizada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
2017-02-21
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